SANTO DOMINGO- Cuando el proyecto de ley que creó la Dirección Nacional de Inteligencia se debatió en el Congreso, los legisladores opositores dieron el visto bueno y la pieza fue aprobada y convertida en la Ley 1-24. Pero en la actualidad, el Poder Ejecutivo ha recibido críticas de parte de algunos sectores, incluyendo a congresistas que dijeron sí.
A esos opositores, el presidente Luis Abinader les recordó que la ley fue aprobada en consenso por todos los partidos en el Congreso, donde la pieza duró dos años en debates.
«Entonces, los mismos que la aprobaron, los mismos -cuyos voceros se pronunciaron en el Senado y en la Cámara de Diputados, diciendo que la aprobaban- ahora, entonces están diciendo que no están de acuerdo», dijo el jefe de Estado en LA Semanal.
En ese sentido, a esos políticos les indicó: «Dejemos esa politiquería, esa hipocresía«. Expuso que cualquier preocupación que tengan, incluyendo al sector de la prensa, será atendida.
Reunión de la SDD
Precisamente, ayer la Sociedad Dominicana de Diarios sostuvo su primer encuentro con representantes del gobierno para tratar las ambigüedades que los directivos de la prensa han señalado en la recién promulgada Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
En la reunión estuvieron presentes, por parte del gobierno, el consultor jurídico, Antoliano Peralta, y el director de la DNI, Luis Soto. Por la SDD, su presidente Persio Maldonado, director del periódico El Nuevo Diario, el vicepresidente Aníbal de Castro, presidente de Diario Libre y el asesor Jurídico Manuel Tapia López.
Maldonado explicó que esta primera interacción con el gobierno sirvió para trazar la ruta de los demás encuentros que se llevarán a cabo los días 30, 31 de enero y 1 de febrero.
«La forma ambigua en que está redactada la ley se constituye un riesgo. No da límite a la imaginación, cualquier funcionario interpretando la ley a su manera pudiera generar abusos de poder y eso hay que evitarlo», expresó Maldonado.
La SIP cuestiona
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por las implicancias para la libertad de prensa y las fuentes confidenciales de información que acarrea la ley recientemente aprobada en República Dominicana.
El presidente de la SIP, Roberto Rock, director de La Silla Rota, México, dijo: «Si bien reconocemos la importancia de las leyes de seguridad nacional para proteger los intereses y las instituciones del Estado frente a la amenaza del terrorismo, una regulación tan amplia que obligue a instituciones privadas, como los medios de comunicación, a entregar todas las informaciones que se requieran, puede tener implicancias negativas sobre la confidencialidad de las fuentes periodísticas y el derecho a la privacidad».
El artículo 8 de la Declaración de Salta de la SIP estipula que «las leyes deben garantizar el derecho a proteger la identidad de las fuentes confidenciales de los periodistas y deben permitir el uso de herramientas de encriptación o cifrado. También deben respetar el derecho de las personas al anonimato».
Defensor advirtió
El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa hizo, desde octubre pasado, varias observaciones a la cuestionada Ley 1-24, en las que advertía sobre las indefiniciones de las que adolece el texto legal, y la vulneración de derechos fundamentales que se advierte en su artículo 11.
En una comunicación que envió al presidente del Senado el pasado 18 de octubre de 2023, un mes y tres semanas antes de que la Cámara Alta decidiera su aprobación, Ulloa planteó definir los principios de actuación específicos de la comunidad de inteligencia nacional, debido a que no se contemplaba en la entonces propuesta de ley.
Aunque en la carta se hace referencia al artículo 4, en la Ley vigente se trata del artículo 10 que dice que el DNI ejercerá sus atribuciones con apego al marco constitucional y legal vigente y pleno respeto de los derechos fundamentales, «bajo los principios de eficacia, necesidad, idoneidad, especialización, proporcionalidad y coordinación», pero sin detallar en qué consiste cada uno.
En lo referente a uno de los aspectos más cuestionados de la legislación, que es la obligación que tiene toda persona física o jurídica de entregar información a la recién crea dirección, en las condiciones planteadas en el artículo 11 y si previa autorización de un juez, Ulloa dijo que se requerían mayores definiciones de alcance y limitaciones.
«Debe ajustarse a lo establecido por el Código Procesal Penal en esta materia, así como las limitaciones clásicas», planteó.